domingo, julio 23, 2006

Nuestros cinco Héroes son INOCENTES.

Otras violaciones de los Derechos Humanos

El gobierno de Estados Unidos ha obstaculizado sistemáticamente las visitas de las madres, esposas e hijos de los prisioneros, lo que constituye una sanción adicional para ellos y sus seres queridos. Adriana Pérez y Olga Salanueva, esposas de Gerardo Hernández y de René González, respectivamente, e Ivette González, la pequeña hija de René, no han podido visitarlos desde hace más de cinco años. De igual manera, las autoridades norteamericanas han dificultado las visitas de los abogados de la Defensa y las de funcionarios consulares cubanos radicados en Estados Unidos, lo que desconoce arbitrariamente el Articulo 37 de las Reglas Mínimas para el Tratamiento de Reclusos:

“ Los reclusos-expresa-estarán autorizados para comunicarse periódicamente, bajo la debida vigilancia, con su familia y con amigos de buena reputación, tanto por correspondencia como mediante visita.”

Separados entre si en prisiones alejadas unas de otras, los cinco han sido sometidos a duros castigos para tratar de quebrar su integridad psíquica y física, confinamientos en solitario en celdas de castigo (huecos) por periodos de 17 meses y 48 días sin haber cometido falta alguna a despecho del propio Reglamento del Buró de Prisioneros de Estados Unidos que precisa: “...el tiempo máximo de confinamiento en celdas de castigo no debe exceder 60 días...”. y del Articulo 7 del Pacto Internacional de Derechos Cívicos y Políticos que señala: “ Nadie será sometido a torturas, ni a penas o tratos crueles, inhumanos o degradantes...”

Los cinco luchadores contra el terrorismo han recibido tratamiento de delincuentes comunes y con ellos conviven en las penitenciarias, lo que viola el Articulo 8 de las Reglas Mínimas para el Tratamiento de los Reclusos: “ Los reclusos pertenecientes a categorías diversas deberán ser alojados en diferentes establecimientos o en diferentes secciones dentro de los establecimientos según su sexo y edad, sus antecedentes y motivos de detención...”

¿Cuáles son los argumentos de la Defensa ante la Corte de Apelaciones?
Teniendo como precedente la decisión de la Corte Suprema de Estados Unidos en el caso Pamplin vs. Mason, en que esta falló que no se puede juzgar a nadie en un lugar donde existan comprobados y masivos prejuicios sobre las personas a juzgar, solicitan se anule el juicio y se celebre otro en una nueva sede, fuera de la ciudad de Miami, donde es conocido que existe una profunda hostilidad contra los revolucionarios cubanos, que es el caso de los jóvenes encarcelados.

Si la Corte de Apelaciones de Atlanta anula el juicio anterior y se realiza uno nuevo fuera de la ciudad de Miami, respetando las reglas del debido proceso, se podría contar con un jurado imparcial, que no estuviera lastrado por prejuicios políticos y sometido a presiones de toda índole, lo que permitiría comprobar la inocencia de los cinco cubanos de los graves cargos que se les imputan.

Que prevalezca la verdad y la justicia.
El día 10 de marzo del 2004 tuvo lugar la vista oral en el tribunal de Miami ante los jueces de la Corte de Apelaciones, mientras se espera el fallo de esa instancia judicial, que puede prorrogarse hasta varios meses, apelamos a las personas dignas y de buena voluntad a que se sumen al creciente movimiento de solidaridad con los Cinco Héroes cubanos prisioneros políticos en Estados Unidos.

Estos jóvenes luchadores contra el terrorismo deben ser reconocidos como defensores de los Derechos Humanos, status instituido en la Declaración sobre los Defensores de los Derechos Humanos, aprobada en 1998 por la Asamblea General de Naciones Unidas, para quienes combaten-como ellos- a los violadores de los Derechos Humanos, a la delincuencia organizada y a los terroristas.

Por favor difunda esta información. Las familias de los Cinco luchadores contra el terrorismo están sufriendo así como millones de personas honestas en todo el mundo que conocen el caso.